1) ¿Desde cuándo se recibe el pago?
Desde que ocurre la causa que lo genera. Por ejemplo, desde el nacimiento del hijo o desde la fecha del matrimonio.
2) ¿Quién puede cobrarlo?
Por regla general se paga al beneficiario a cuyas expensas viva la carga o causante; no obstante, previa solicitud , puede pagarse directamente a la cónyuge, a los causantes mayores de edad o a la persona a cuyo cargo se encuentren, sin requerirse para ello el consentimiento del beneficiario que tiene el derecho inicial.
3) ¿Quién paga el beneficio?
Trabajadores dependientes: el empleador conjuntamente con las remuneraciones, incluso respecto de los que se encuentran en goce de subsidio por incapacidad laboral (licencia médica).
Trabajadores independientes: deben rebajar su monto de las cotizaciones que le corresponde enterar en el Instituto de Previsión Social.
Pensionados: la respectiva institución pagadora de su pensión.
Cesantes: a los que se encuentran en goce de subsidio de cesantía, la entidad pagadora de ese beneficio. Trabajadores beneficiarios del Fondo Solidario del Seguro de Cesantía, la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile S.A. (AFC) en virtud de un convenio con el Instituto de Previsión Social.
4) ¿Hasta cuándo se paga?
Hasta el último día del mes en que se mantenga la calidad de carga o causante. Sin embargo, tratándose de los hijos, se pagará hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan los 18 ó 24 años, según corresponda.
5) ¿Cuál es el monto a percibir por cada carga o causante?
Depende del tramo en que se ubique el beneficiario de acuerdo con su ingreso mensual, el cual corresponde al promedio de las remuneraciones, renta (trabajador independiente) y/o del subsidio, o pensión, obtenidas durante el primer semestre - enero a junio de cada año.
6) ¿Cuáles son los actuales valores de Asignación Familiar?
Tramo |
Ingreso desde ($) |
Ingreso hasta
($) |
Monto beneficio simple ($) |
Monto beneficio Duplo (inválidos) ($) |
Fecha de Pago Desde |
Fecha de Pago Hasta |
1 |
0 |
289.608 |
11.337 |
22.674 |
01/07/2018 |
31/12/2018 |
2 |
289.609 |
423.004 |
6.957 |
13.914 |
01/07/2018 |
31/12/2018 |
3 |
423.005 |
659.743 |
2.199 |
4.398 |
01/07/2018 |
31/12/2018 |
4 |
659.744 |
|
0 |
0 |
01/07/2018 |
31/12/2018 |
7) ¿Qué pasa con el monto de asignación familiar si trabajo menos de 30 días en el mes?
Respecto de los trabajadores que hubieren laborado menos de 25 días en el mes, el monto se reducirá en proporción a los días efectivamente trabajados. En caso contrario se mantiene el monto total.
8) ¿Por qué se debe presentar la declaración de ingresos cada julio?
Para determinar el tramo por el cual se pagará la Asignación Familiar durante los siguientes 12 meses.
9) ¿Cuál es la consecuencia de la no presentación de la Declaración?
Si no se presenta la declaración se presumirá, hasta que no se demuestre lo contrario, que el ingreso mensual es superior al monto máximo que da derecho al beneficio, vale decir, mayor que $ 480.163, por lo tanto no percibe asignación familiar.
10) ¿Las pensionadas y las cónyuges de pensionados, causan Asignación Maternal?
No.
11) ¿Desde cuándo se paga una asignación maternal?
Se hace exigible a partir del 5° mes de embarazo, previa certificación médica, con efecto retroactivo por el período completo de gestación.