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Señor(a) Empleador(a):

Señor(a) Empleador(a): Ud. Puede consultar, en esta página, las cargas asociadas a sus trabajadores, de acuerdo con la última declaración o pago de cotización que dispone el IPS.


Le recordamos que, de acuerdo a la legislación vigente, usted sólo debe pagar y solicitar la posterior devolución al IPS por las cargas familiares que están debidamente registradas en esta institución.


Si hay diferencias, debe solicitar a su trabajador que registre adecuadamente sus cargas en la pestaña “INGRESO DE SOLICITUD” de este portal. En caso contrario, se generará una deuda al empleador como consecuencia de la no acreditación de las cargas familiares


En caso de que un trabajador tenga 2 o más empleadores, sólo debe realizar la compensación por el empleador con el cual se encuentra registrada la carga familiar. Para ello, el empleador podrá verificarlo imprimiendo la resolución de reconocimiento de cargas familiares emitida al trabajador.


Para acceder a la consulta haga clic en el siguiente enlace: Consultar cargas de trabajadores

Consultas:
cargafamiliar@ips.gob.cl

IPS - Instituto de Previsión Social